Fotografía de archivo del embalse de El Atazar (Madrid). EFE/J.J.Guillén

Las restricciones de agua en España dependen de las cuencas hidrográficas

12 enero 2016.-

En España las Confederaciones Hidrográficas encargadas de planificar el uso del agua son: la Confederación Hidrográfica del del Duero, del Ebro, Agencia Catalana del Agua, Confederación Hidrográfica del Tajo, Agencia Andaluza del Agua, Confederación Hidrográfica del Guadiana, del Guadalquivir y Norte, Miño-Sil y Cantábrico.

Cada una de ellas puede disponer un orden de prioridades diferentes para el uso del agua, pero por encima de todas está el abastecimiento a la población, un punto que ninguna puede variar.

Prioridad: abastecer a la población

Con carácter general, el texto refundido de la Ley de Aguas establece como prioritario el suministro a la población, tras los regadíos y los usos agrarios.

Aunque las cuencas hidrográficas pueden variar las prioridades de acuerdo con las características de cada territorio, no tienen competencias para fijar las prioridades de consumo de agua en las ciudades.

Esa competencia y salvo que el Gobierno disponga lo contrario, corresponde a las sociedades o empresas en las que está delegada la gestión del agua.

Las Sociedades Estatales del Agua se constituyeron en 1997 como instrumento de gestión directa de competencias que corresponden a la Administración del Estado en materia de obras hidráulicas y operan dentro del marco geográfico de una cuenca hidrográfica determinada.

Así, ante una situación de sequía extrema son las Sociedades del Agua las que deciden las medidas que se deben adoptar para conseguir disminuir el consumo y ahorro de este bien escaso, al igual que las formas en que se escalonan las medidas que posteriormente deben ser ratificadas por el órgano de gobierno de la Comunidad Autónoma.

Las sequías en España

La sequía de 2005, considerado el año más seco desde que se tienen registros junto con el pasado 2015, llevó al Ministerio de Medio Ambiente a tomar medidas en varias regiones españolas destinadas al ahorro en el consumo del agua.

Cataluña fue la primera Comunidad Autónoma en adoptar medidas. En mayo de 2005 el Gobierno de la Generalitat aprobó el primer decreto preventivo para ahorrar agua y garantizar el suministro.

A Cataluña le siguió la Comunidad de Madrid.

El 28 de septiembre de 2005 el Consejo de Administración del Canal de Isabel II decretó el nivel de alerta “1” por sequía severa en Madrid. Era la segunda vez desde 1992 que esto sucedía en la capital de España. En la primera ocasión, los embalses se encontraban al 42% de su capacidad y en 2005 al 38%.

A las anteriores comunidades se unió Andalucía, cuyo Gobierno autonómico aprobó, el 2 de noviembre de 2005, un decreto que declaraba la situación de excepcionalidad por sequía en Málaga capital, el Valle del Guadalhorce, la Costa del Sol Occidental y la comarca granadina de La Contraviesa.

Además, a finales de 2005 el Gobierno aprobó sendos decretos para regular la posibilidad de adoptar medidas excepcionales para paliar los efectos de la sequía en las cuencas del Segura, Júcar y Tajo, en el mes de octubre y Guadiana, Guadalquivir y Ebro, en el mes de noviembre, con sanciones, por incumplimiento de hasta 600.000 euros.

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